Micelio
Auto10 de octubre de 2012

A- de 2012

Ponente Alexei Egor Julio Estrada

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Objeciones Presidenciales al proyecto de ley 138 de 2010 Senado y 290 de 2011 Cámara: Ley Consuelo Devis Saavedra, mediante la cual se regulan los servicios de cuidados paliativos para el manejo integral de pacientes con enfermedades terminales, crónicas, degenerativas e irreversibles en cualquier fase de la enfermedad de alto impacto en la calidad de vida.

Con el presente auto la Corte se abstiene de decidir acerca de las objeciones de la referencia, hasta tanto se cumplan los presupuestos constitucionales y legales requeridos para hacerlo.

Se ordena poner en conocimiento de los presidentes del Senado y de la Cámara de Representantes el presente auto, para que envíen a la Corporación las Gacetas del Congreso necesarias para poder determinar si para la aprobación del informe de objeciones presidenciales se cumplió con el procedimiento establecido.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. ABSTENERSE DE DECIDIR acerca de las objeciones gubernamentales de la referencia, hasta tanto se cumplan los presupuestos constitucionales y legales requeridos para hacerlo.
  2. Segundo. ORDENAR que el presente auto se ponga en conocimiento de los Presidentes del Senado de la Republica y de la Camara de Representantes, con el fin de que sean enviadas a la Corte Constitucional las Gacetas del Congreso necesarias para poder determinar, con base en las pruebas pertinentes, si para la aprobacion del informe de objeciones presidenciales se cumplio con el procedimiento establecido.
  3. Tercero. Apremiar a los Secretarios Generales del Senado de la Republica y de la Camara de Representantes, para que acopien todos los documentos requeridos y dispongan que sean enviados a esta Corporacion, dentro de los tres (3) dias siguientes a la publicacion de las actas en las Gacetas del Congreso.
  4. Cuarto. Una vez el Magistrado Sustanciador verifique que las anteriores pruebas han sido adecuadamente aportadas, se continuara el tramite de las objeciones gubernamentales al Proyecto de Ley No. 138 de 2010 Senado, 290 de 2011 Camara, "Ley Consuelo Devis Saavedra, mediante la cual se regulan los servicios de cuidados paliativos para el manejo integral de pacientes con enfermedades terminales, cronicas, degenerativas e irreversibles en cualquier fase de la enfermedad de alto impacto en la calidad de vida".
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.